Obligación de hacer la declaración de la renta: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
En el ejercicio 2025, que se presenta en 2026, la obligación de presentar la declaración del IRPF se determina en función del origen y la cuantía de las rentas obtenidas, así como de la situación laboral del contribuyente: hay límites por rendimientos del trabajo, otras fuentes de renta y límites conjuntos, así como contribuyentes que, independientemente de sus ingresos, están obligados a hacer la Declaración.
Límites por rendimientos del trabajo
- Los contribuyentes que hayan tenido ingresos hasta 22.000 euros anuales, no están obligados si proceden un solo pagador. Este límite también se aplica si hay varios pagadores, pero la suma de lo percibido por el segundo y restantes no supera los 1.500 euros anuales.
- Hasta 15.876 euros anuales: El límite se reduce a esta cuantía cuando:
- Existan varios pagadores y la suma del segundo y restantes supere los 1.500 euros anuales.
- Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (que no sean de los padres por decisión judicial).
- El pagador de los rendimientos no esté obligado a retener.
- Se perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención.
Otras fuentes de renta y límites conjuntos
- 1.600 euros anuales: Para rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta.
- 1.000 euros anuales: Límite conjunto para rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro, subvenciones para viviendas de protección oficial y otras ayudas públicas.
- Mínimo de 1.000 euros: En términos generales, no tienen que declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales por debajo de este límite conjunto, siempre que las pérdidas patrimoniales sean inferiores a 500 euros.
Contribuyentes obligados en cualquier circunstancia
Existen colectivos que deben declarar independientemente de sus ingresos:
- Autónomos: Todas las personas que hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en cualquier momento del ejercicio.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): Están obligados tanto los titulares del IMV como los integrantes de su unidad de convivencia.
- Deducciones y reducciones: Quienes ejerciten el derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda (régimen transitorio), deducción por doble imposición internacional, o realicen aportaciones a planes de pensiones, seguros de dependencia o patrimonios protegidos de personas con discapacidad que reduzcan la base imponible.
Necesidad de declarar para obtener devoluciones
Aunque no se superen los límites de ingresos, es necesario presentar la declaración para obtener devoluciones por retenciones o ingresos a cuenta realizados durante el año 2025, o para beneficiarse de deducciones como la de maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
Calendario oficial de la Renta 2025-2026
El Ministerio de Hacienda ha publicado el calendario oficial de la Renta 2025-2026, con varias fechas muy importantes. En esta ocasión, el plazo para presentar la Declaración de la Renta de la campaña 2025-2026 dará comienzo el 8 de abril. Este año, llega además con algunas novedades como una mejora fiscal para los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), nuevas deducciones para determinados contribuyentes y algunos ajustes normativos para colectivos como los autónomos ¿Cuándo hay que hacer la Declaración de la Renta? Calendario Oficial 2026
