Criterios generales de reconocimiento de méritos: Baremo SAS
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha aprobado los criterios generales de reconocimiento de méritos correspondientes a las áreas III (Formación), IV (Docencia) y V (Actividad científica, de investigación y otros), así como el número de puntos establecido como objetivo en dichas áreas para la promoción de nivel, que regirán los procesos ordinarios de carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud para la promoción a los niveles III, IV y V de carrera profesional del personal de gestión y servicios, y del personal estatutario sanitario de los grupos C1 y C2, en tanto no se definan los mapas de competencias, los criterios y sistema de evaluación de estas.
La Resolución de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias recoge:
- Criterios generales para la acreditación de los méritos a evaluar en las áreas de formación, docencia e investigación/otros.
- Estructura básica del baremo de Formación (Área III), Docencia (Área IV) y Actividad científica y de investigación (Área V) para el personal de los Grupos A1 y A2 de Gestión y Servicio, para la promoción a los niveles de carrera profesional III, IV y V.
- La estructura básica del baremo de Formación, Docencia y Otros, para Personal Estatutario Sanitario de los Grupos C1 y C2 y Personal Estatutario de Gestión y Servicios de los Grupos C1, C2 y Agrupaciones Profesionales de Gestión y Servicios.
Criterios generales para la acreditación de los méritos de formación, docencia, investigación y/o otros
1. Idioma de los méritos. Con carácter general, el idioma original de la documentación debe ser el castellano, o en su caso, acompañada de traducción literal del contenido de dichos documentos realizada por traductor/a jurado. Quedan exceptuado de lo anterior:
2. Reglas comunes para el cómputo de los méritos. El mismo mérito nunca podrá ser aportado ni en consecuencia valorado dos veces. Se atenderá al principio de especialización del baremo, de forma que un mérito solo podrá ser incluido y baremado en el apartado que lo describa. Se valorarán exclusivamente los méritos de formación, docencia e investigación/otros que hayan sido adquiridos dentro de los 5)años inmediatamente anteriores al proceso permanente de carrera profesional en el que se participe.
3. Formación:
- Formación académica: titulaciones de Grado, Máster Oficial, Licenciado, Diplomado, Arquitecto o Ingeniero.
- Otras titulaciones formación profesional FP.
- Máster de Formación Permanente y Diplomas Universitarios de Especialización auspiciados en convenios de colaboración suscritos entre entidades de la Consejería competente en materia de salud y Universidades.
- Actividades de formación continuada.
4. Aspectos formales de reconocimiento de los méritos de Docencia.
- Tutor de prácticas universitarias impartida en el ámbito profesional.
- Tutorización del periodo de prácticas profesionales en empresas u organismo equiparado del sistema de Formación Profesional.
- Docencia impartida en actividades de Formación Continuada.
5. Aspectos formales de reconocimiento de los méritos de Investigación y otros.
- Méritos de Investigación de ámbito académico.
- Publicaciones de trabajos científicos y de investigación.
- Acreditación de proyectos de investigación.
- Acreditación de ponencias y comunicaciones científicas.
- Acreditación de patentes.
- Otros méritos.
Más información
Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba, con carácter transitorio, el baremo de méritos de formación, docencia, investigación y/u otros, exigibles para la promoción a los niveles III, IV y V de carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud, para el personal de Gestión y Servicios y el personal sanitario de los grupos C1 y C2, y se adaptan las tablas efecto del baremo contenidas en la Resolución de 23 de mayo de 2022, de esta Dirección General de Personal. Baremo de méritos
