La Renta Mínima de Inserción Social, en Andalucía, se actualiza en 2024, con la subida de todos los tipos de pensiones.
¿Qué es la Renta Mínima de Inserción Social, de Andalucía?
Es una prestación económica garantizada del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social.
¿Quién tiene derecho a esta ayuda económica?
Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía las unidades familiares cuyas personas miembros tengan:
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- Vecindad administrativa en Andalucía.
- Solicitante entre 25 y 64 años inclusive, excepto casos descritos en el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre.
- Se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo.
- Estar la unidad familiar empadronada, con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
- Tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital, salvo excepciones contempladas o estar en situación de urgencia o emergencia social.
- La inscripción de la persona solicitante en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupada, e inscripción como demandante de empleo de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar, salvo excepciones.
- Recursos mensuales inferiores a la cuantía que les correspondiera de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
- No disponer de dinero efectivo, o título, valor, derecho de crédito o depósito bancario de un importe superior a la PNC anual.
- Estar dada de alta en el censo de la Agencia Estatal dela Administración Tributaria la persona perceptora.
¿Cuánto se cobra?
La prestación económica de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía consiste en una cuantía económica mensual del 100% del importe de las pensiones no contributivas (PNC), calculada en doce mensualidades, vigente en la fecha de resolución de la solicitud, incrementada ésta en un 30% (salvo custodia compartida) por cada persona integrante de la unidad familiar distinta de la persona solicitante de la misma, hasta un máximo equivalente del 220% de dicha PNC y con un mínimo del 24% de la PNC.
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- Pensión no contributiva para 2024: las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación tendrán un importe de 7.250,60 euros anuales.
- Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (100% de la PNC): 604,21 euros mensuales.
- Incremento por miembro de U.F. distinto al solicitante (+30%): 181,26 euros mensuales.
- Cuantía mínima (24% PNC): 145 euros mensuales.
- Cuantía máxima (220% PNC): 1.329,26 euros mensuales.
Además de esta cuantía económica, la persona beneficiara se incorporará a un Plan de inclusión sociolaboral: un conjunto de actuaciones del proyecto de intervención social unidas a acciones concretas de carácter laboral necesarias para la integración social y laboral de las personas titulares y del resto de componentes de la unidad familiar beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
Se diseñará de forma participada por los servicios sociales comunitarios donde resida la unidad familiar
beneficiaria y el Servicio Andaluz de Empleo.
¿Cuál es la duración de esta ayuda?
La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía se devengará a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver, y su duración inicial será de 12 meses.
Se podrá acordar la ampliación por periodos sucesivos de 12 meses según el calendario de aplicación del Decreto-Ley 3/2017, de 19 de Diciembre.
¿Cómo realizar la solicitud?
La Renta Mínima de Inserción Social se puede solicitar presencialmente o por internet.
- De manera presencial. La solicitud acompañada de los documentos preceptivos se presentará preferentemente en los servicios sociales comunitarios de la localidad en donde se encuentre empadronada y resida efectivamente la persona solicitante.
- Por internet. La solicitud acompañada de los documentos preceptivos se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía. Acceder a la solicitud
Acuda al Centro Servicios Sociales Comunitarios de referencia: Si su situación actual se encuadra en alguna de las situaciones recogidas en la normativa como urgencia social o emergencia social (ser víctima de violencia de género o explotación sexual o laboral; encontrarse en proceso de desahucio, ejecución hipotecaria o pérdida de la vivienda habitual; o enfermedad grave que impida el desarrollo de la vida cotidiana) para la tramitación de la solicitud con carácter prioritario.
O si cumple alguna de las exenciones de acceso de acuerdo con el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, para que le elaboren informe social al efecto de su acreditación.