Permisos por nacimiento y cuidado de menores
El pasado mes de julio, el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto-ley por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado. Dicho Real Decreto-ley 9/2025, de 29 añade además dos semanas (cuatro en el caso de monoparentalidad) de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de menor, que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
Dos semanas adicionales
La Seguridad Social aclara cómo se podrán pedir las 2 semanas adicionales de paternidad/maternidad a partir del 1 de enero de 2026.
- La Disposición Transitoria única del citado Real Decreto-ley establece que para los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024 y hasta el 30/07/2025, estas semanas adicionales podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
- No obstante, sólo pueden solicitarse con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio del periodo de disfrute.
- Es necesario el envío del correspondiente certificado de empresa por parte de la empresa en la que el trabajador preste sus servicios.
- En cualquier caso, estas dos semanas adicionales pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años de edad, garantizando así la adecuada conciliación entre la vida laboral y familiar.
- La solicitud de estas dos semanas adicionales puede realizarse por los mismos medios que el resto de la prestación, siendo prioritario su envío por medios electrónicos, principalmente a través del portal TU SEGURIDAD SOCIAL (enlace), ya sea por el propio interesado o por un representante al ser el medio más rápido y sencillo.
- Se recuerda que como empresa se puede solicitar la prestación del trabajador, actuando como su representante, a través del portal TU SEGURIDAD SOCIAL.
