Solicitud para iniciar el procedimiento de reconocimiento, calificación y valoración del grado de Discapacidad.
¿Para qué sirve?
Para poder acceder a cualquiera de los servicios y prestaciones disponibles para personas con discapacidad, es imprescindible tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Con este procedimiento se lleva a cabo el reconocimiento, calificación y valoración del grado de discapacidad.
¿Hay que cumplir algún requisito para hacer la solicitud?
No existen requisitos previos para el acceso al procedimiento de reconocimiento, calificación y valoración del grado de discapacidad. Cualquier persona puede acceder a los servicios de información, valoración, diagnóstico y orientación, tanto en el nivel primario como en el especializado.
No obstante, no se podrá solicitar una revisión del grado por agravamiento o mejoría hasta que, al menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha en que se dictó resolución, excepto en los casos en que se acredite suficientemente error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de grado, en que no será preciso agotar el plazo mínimo.
¿Dónde se encuentran los organismos de valoración?
Los órganos responsables en la tramitación son los Centros de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad (hay uno en cada provincia); y la resolución será dictada por la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la provincia correspondiente.
Evaluación de la discapacidad
La evaluación de la discapacidad, expresada en porcentaje, se realizará mediante la aplicación de los baremos establecidos legalmente. Para la determinación final del grado de discapacidad, el porcentaje obtenido en la evaluación de las deficiencias, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presente la persona, se modificará, en su caso, sumando la puntuación obtenida en el baremo de Factores Contextuales/Barreras Ambientales, siendo el máximo de puntos posibles de veinticuatro.
La evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado se efectuará previo examen de la persona interesada, por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad. Cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen, podrá acordar que el equipo multiprofesional realice la valoración por medios no presenciales o telemáticos.
Grados de discapacidad
Niveles de gravedad de la escala genérica de cuantificación de los problemas:
- 0 No hay problema: 0-4%.
- 1 Problema Ligero: 5-24%.
- 2 Problema Moderado: 25-49%.
- 3 Problema Grave: 50-95%.
- 4 Problema Completo: 96-100%.
¿Cómo presentar la solicitud e iniciar el trámite?
Los trámites se pueden iniciar de manera presencial o telemática.
a) Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa.
b) Si optas por la presentación telemática, debes hacerlo a través de este enlace. Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, te pueden ayudar en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que también se recomienda solicitar cita previa.
Plazo de resolución
El plazo para notificar la resolución es de 6 meses. En el caso de que, pasado ese tiempo, no haya respuesta, el silencio se entenderá como negativo.
Certificación del tipo de discapacidad
Si es el caso, la Administración certificará el tipo o los tipos de deficiencia o deficiencias que determinan el grado de discapacidad reconocida, conforme a la información que conste en el expediente, a los efectos que requiera la acreditación para la que se solicita.
Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Se emitirá una tarjeta acreditativa del grado de discapacidad que será válida en todo el territorio del Estado. Dicha tarjeta tendrá un formato común y contendrá los siguientes datos mínimos: Datos identificativos, Grado de discapacidad, Periodo de vigencia, Dificultades de movilidad (en su caso), Necesidad de tercera persona (en su caso) y Medidas de seguridad y confidencialidad.