Se abre el plazo de solicitud del Bono digital en Andalucía, para contratar o mejorar la velocidad de los servicios de internet.
Finalidad del Bono digital
Se trata de la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (Programa ÚNICO-Bono Social).
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo o el incremento de la velocidad de los ya contratados, desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, con la tecnología más adecuada en cada caso.
- El Programa Bono Digital tiene como objetivo ayudar económicamente a personas o familias en situación vulnerable en la contratación de un nuevo paquete de conexión a Internet de banda ancha desde una ubicación fija (Internet en casa), o en la mejora de la conexión que ya tengan en su domicilio (aumento de la velocidad). La velocidad mínima contratada deberá ser de 30Mbps y se suministrará con la tecnología más adecuada en cada caso.
Cuantía de las ayudas
Cada bono digital tendrá un importe de 240 euros a repartir en 12 mensualidades de tal manera que se aplicará una minoración mensual de 20 euros en el importe final de la factura, IVA no incluido, emitida por el operador colaborador correspondiente.
- Andalucía pondrá a disposición de las personas beneficiarias más de 28.000 bonos digitales que supondrán una bonificación máxima de 240 euros en la factura de Internet (20 euros al mes durante 12 meses), y que serán gestionados por los operadores de telecomunicaciones que colaboren con la Junta de Andalucía para desarrollar este programa en cada municipio.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de esta ayuda?
Podrán tener la condición de beneficiarias de estas ayudas las personas empadronadas en Andalucía que, a fecha de la solicitud de la ayuda, sean titulares de la prestación económica de la Renta Mínima de Inserción (RMISA), del Ingreso Mínimo Vital, o de una Pensión No Contributiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Ser una persona física.
- Ser titulares de la prestación económica de la Renta Mínima de Inserción (RMISA), del Ingreso Mínimo Vital, o de una Pensión No Contributiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Estar empadronado en la vivienda donde se utilizará la conexión de banda ancha fija para la que se solicita la subvención, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Cómo solicitar esta ayuda?
Las solicitudes se presentarán única y exclusivamente de forma telemática a través del formulario que se encuentra a disposición de los interesados. Debes seguir los siguientes pasos:
- Paso 1: Elige uno de los operadores colaboradores del programa Bono Digital que opere en tu municipio. Puedes encontrar el listado aquí con sus datos de contacto para acceder a su oferta comercial.
- Paso 2: Concierta una cita con el operador colaborador o acércate a alguno de sus puntos de venta para que ellos tramiten la solicitud del Bono Digital en tu nombre. Para ello, tendrás que mostrar tu DNI y firmar un documento que les autoriza a realizar este trámite.
- Paso 3: El operador colaborador será el encargado de realizar la solicitud de tu Bono Digital ante la Agencia Digital de Andalucía y de comunicarte si has sido beneficiario de esta ayuda. También podrás recibir un SMS directamente de la administración, si proporcionas tus datos de contacto en la solicitud.
- Paso 4: Deberás prestar atención porque, desde el momento en que resultes beneficiario del Bono Digital, el operador cuenta con 10 días para formalizar el contrato de Internet contigo.
- Paso 5: Una vez formalizado el contrato, comenzarás a disfrutar de la conexión a Internet de banda ancha en tu domicilio con una bonificación en factura de hasta 20€/mes durante un año (IVA no incluido).
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (a partir del 16 de noviembre), permaneciendo dicho plazo abierto de forma continuada durante un mes o hasta el agotamiento del crédito disponible, en caso de que esto ocurra con anterioridad (como máximo hasta el 15 de diciembre).