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Cambios para el acceso a Viviendas de Protección Oficial en Andalucía

Andalucía Orienta 25 de febrero de 2025

Viviendas de Protección Oficial (VPO). La Junta de Andalucía aprueba un decreto ley de medidas urgentes para construir más vivienda protegida y aumenta la oferta de suelo urbanizado.

Decreto ley de medidas urgente en materia de vivienda

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto ley de medidas urgente en materia de vivienda, un plan de choque con el que la Junta de Andalucía pretende facilitar el acceso a la vivienda con medidas que permitan la construcción de 20.000 viviendas protegidas en los próximos cinco años. Entre las medidas, el Decreto ley contempla ampliar la oferta de solares para uso residencial protegido, autorizar mayor densidad de viviendas en parcelas que se destinen a VPO, crear una bolsa de suelo con los ayuntamientos e incluir promociones residenciales en la Unidad Aceleradora de Proyectos (UAP).

Ampliación de la oferta de suelo para vivienda protegida

El Decreto ley se marca como primer paso la ampliación de la oferta de suelo para vivienda protegida, mediante cambios de uso, densidad y edificabilidad en parcelas aptas para la edificación y que no requieren de obras urbanización. Así, se permitirá que los solares o edificios con uso como alojamiento turístico u oficinas se destinen a viviendas protegidas. Además, se podrá aumentar la densidad de viviendas y edificabilidad en las parcelas residenciales si hay compromiso de que sean protegidas. En las parcelas para vivienda libre se podrá incrementar un 20% la densidad de viviendas y su edificabilidad de manera proporcional. Mientras, en las parcelas para vivienda protegida, el incremento también podrá ser del 20% y la edificabilidad del 10%.

Además, la Junta de Andalucía permitirá edificar viviendas protegidas en las parcelas, sin necesidad de modificar los instrumentos de ordenación urbanística, siempre que se respeten una serie de límites que garantizan el equilibrio entre los usos residenciales y los equipamientos y la adecuada integración de las actuaciones en el entorno urbano.

Las licencias para los proyectos de vivienda deberán solicitarse en un plazo máximo de dos años y las viviendas deberán construirse en un plazo de tres años. Para ello, será necesario un acuerdo municipal en un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor del decreto para aplicar las medidas en función del desequilibrio entre demanda de suelo para vivienda protegida y la oferta disponible.

Construcción de viviendas públicas en alquiler en parcelas de equipamientos

En segundo lugar, se promueve la construcción de viviendas públicas en alquiler en parcelas de equipamientos, como ya establece la Lista. La novedad que incorpora este Decreto ley es que esta compatibilidad se podrá aplicar, sin necesidad de modificar los instrumentos de planeamiento, cuando las parcelas de equipamiento no tengan uso específico o estén calificadas con el uso genérico de interés público y social.

El plan de choque impulsado de la Junta de Andalucía también pone en marcha medidas como la posibilidad de incorporar promociones con un número significativo de viviendas protegidas a la Unidad Aceleradora de Proyectos, que supondrá una mayor agilización en su tramitación, con la condición de que los proyectos residenciales sean de, al menos, 250 viviendas protegidas. También podrá asignarse el desarrollo de suelo residencial que contemple más de 500 viviendas, con la correspondiente reserva de suelo para vivienda protegida y que implemente medidas adicionales de desarrollo urbano sostenible. Esta incorporación a la Unidad Aceleradora de Proyecto debe ir aparejado al compromiso del ayuntamiento de tramitar de urgencia todos los procedimientos de su competencia.

Bolsa de suelo

Las medidas impulsadas por la Junta de Andalucía buscan también la implicación de los promotores para que se involucren en la construcción de viviendas protegidas. Entre estas medidas está la creación de una bolsa de suelo, que se hará en colaboración con los municipios de más de 100.000 habitantes, para mostrar la disponibilidad existente para construir viviendas a precio asequible. Los ayuntamientos tendrán tres meses para informar de los suelos que tienen de reserva de vivienda protegida, así como las parcelas que son susceptibles de acoger este tipo de viviendas. En paralelo, el promotor dispondrá un sistema ágil de convocatoria para selección de adjudicatarios de vivienda protegida, que se suma al registro de demandantes. Este sistema permite comenzar la precomercialización en caso de venta, para el acceso de los promotores a la financiación. Los ayuntamientos tendrán las competencias para desarrollar y simplificar más este procedimiento.

Incentivos para la construcción

Además, los promotores podrán acceder a incentivos para la construcción. Por un lado, podrá acceder a los préstamos de los fondos europeos Next Generation para promover vivienda en alquiler asequible, que aporta mejores condiciones que las del mercado. De igual forma, la Junta de Andalucía abrirá nuevas convocatorias, la próxima este mismo año, de su línea de subvenciones para que los promotores construyan viviendas en alquiler asequible, con precios limitados, sobre suelos públicos o privados y que al menos se mantengan durante 20 años. Las subvenciones pueden alcanzar hasta 30.000 euros por vivienda que se construya.

Precios máximos de la vivienda protegida

El Plan Vive en Andalucía se alinea a los objetivos del plan de choque. De esta manera, se actualizan los coeficientes territoriales que determinan los precios máximos de la vivienda protegida en cada municipio para facilitar su construcción. Así, hay un primer grupo con las capitales de provincia, municipios de más de 25.000 habitantes, para que la diferencia con el precio de la vivienda libre sea, al menos, de un 25%; municipios con una demanda excepcional de vivienda, municipios que dan continuidad a los tejidos urbanos de las capitales o aquellos que tienen condiciones excepcionales por su actividad industrial o económica.

Ingresos de los destinatarios de viviendas protegidas

Igualmente, se amplían los destinatarios de viviendas protegidas, permitiendo que familias que no tenían ingresos suficientes para adquirir una vivienda libre puedan beneficiarse de estas políticas. Así, se amplía los límites de ingresos hasta 5,5 veces el IPREM para las viviendas de régimen general, y hasta 7 veces el IPREM en régimen de precio limitado.

Año IPREM
Mensual
IPREM Anual
(12 pagas)
IPREM Anual
(14 pagas)
2025 600 € 7.200 € 8.400 €

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