Bono Carestía: nueva ayuda de 200 euros, de la Junta de Andalucía (ya se puede solicitar)

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Junta de Andalucía) convoca el Bono Carestía y aprueba las bases reguladoras para su concesión.

La Junta de Andalucía cerró el año pasado, el Nuevo Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía, suscrito junto a empresarios y sindicatos mayoritarios. Entre las medidas e iniciativas se encontraba esta ayuda. 

¿Qué es el Bono Carestía?

El Bono Carestía es una ayuda que tiene como finalidad generar un impacto positivo directo sobre el poder adquisitivo de las familias y salvaguardar su dinámica económica, afectadas por la sobrecarga que supone el incremento generalizado de los precios de los productos y suministros, priorizando a los hogares de mayor vulnerabilidad, como es el caso de las unidades familiares con menores a cargo sobre los que ostenten la guarda y custodia y cuyos ingresos son inferiores a tres veces el IPREM anual vigente.

Esta ayuda está destinada a unidades familiares con menores a cargo sobre los que ostenten la guarda y custodia.

¿Quién puede solicitar el Bono Carestía?

Podrán solicitar el Bono Carestía aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Menor a cargo. Tener, al menos, un menor de 18 años a cargo.
    2. Ingresos familiares inferiores a 21.600 euros, en el año 2022. Que la suma de los ingresos del año 2022 de todas las personas que componen su unidad familiar, entendiéndose por esta a quienes residen en el mismo domicilio, sean inferiores a tres veces el IPREM anual vigente. Por tanto, la suma de los ingresos del año 2022 de todas las personas que conviven en el domicilio de la persona solicitante del Bono Carestía deberá ser inferior a 21.600 euros.
    3. Empadronados en Andalucía. Que la persona solicitante y el resto de personas empadronadas en su domicilio gocen de vecindad administrativa andaluza en el momento de la solicitud.
    4. Empadronados en el mismo domicilio. Que la unidad familiar a la que pertenezca la persona solicitante cuente al menos con una persona menor de 18 años sobre la que ostente la guarda y custodia. Las personas menores de la unidad familiar deberán estar empadronados en el domicilio de la persona solicitante del Bono Carestía.

¿Cuál es el importe máximo que se puede percibir?

La cuantía anual a percibir por cada persona beneficiaria del Bono Carestía, será de 200 euros el cual se abonará en un único pago.

¿Cómo solicitar el Bono Carestía de la Junta de Andalucía?

La solicitud (Anexo de las bases) se presentará obligatoriamente a través de medios electrónicos en el Registro Electrónico Único, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios mediante el enlace https://lajunta.es/bonocarestia.

Como regla general, no es necesario acompañar documentos a la solicitud si la persona solicitante y el resto de personas que conviven con la misma, no ejercen su derecho de oposición a la consulta de datos. 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), a partir de las 9:00 horas, y concluirá el mismo día del mes siguiente a su publicación, a las 15:00 horas: del 11 de abril al 11 de mayo de 2024 28 de mayo de 2024.

Más información

El importe total máximo presupuestario para esta convocatoria con cargo al ejercicio 2024 es de 12 millones de euros.

Plazo para resolver. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de 6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido ese plazo sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas por silencio administrativo sus solicitudes.

Bases reguladoras. La convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se se efectúa convocatoria del Bono Carestía y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

Bases de la convocatoria. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Bases de la convocatoria