Tras el anuncio, a finales del mes de agosto, se convocan las ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores 2024, del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027.
Son subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras como titulares de explotaciones agrarias con el objetivo de contribuir al relevo generacional, así como la creación de empleo en zonas rurales, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. Intervención 6961.1 Establecimiento de jóvenes agricultores.
Requisitos que han de cumplir las personas solicitantes
Las personas físicas solicitantes deberán reunir los requisitos que se relacionan a continuación a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda:
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- Tener cumplidos 18 años y no tener más de 40 años en el año natural de presentación de la solicitud de ayuda (es decir no cumplir 41 años de edad en el año natural de presentación de la solicitud).
- Poseer la capacitación y competencias profesionales adecuadas.
- Presentar un Plan Empresarial que sea viable técnica y económicamente y comprometerse a su implementación, que de como resultado la instalación de la persona joven en una explotación agraria.
Cuantía económica de la ayuda
La ayuda se concederá en forma de una prima por instalación. La cuantía máxima de la ayuda será de 80.000 euros. La prima base por primera instalación será de 30.000 euros.
Además, la prima base por primera instalación podrá incrementarse hasta un máximo de 80.000 euros, cuando el Plan Empresarial contemple alguna de las circunstancias que se recogen en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la Orden de 5 de septiembre de 2024.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del mes siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto. En la web de la Consejería se establece como fechas: 11/11/2024 a 10/01/2025 (Plazo presentación solicitudes. Convocatoria 2024.)
Cómo realizar la solicitud
La solicitud se realizará por medios electrónicos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: juntadeandalucia.es/procedimientos
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre).
El plazo de resolución/notificación será de 6 meses; si en ese tiempo no hay respuesta, se entenderá como como negativo.
Más información sobre las ayudas para jóvenes agricultores
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas para fomentar el establecimiento de personas jóvenes agricultores (Intervención 6961.1 establecimiento de jóvenes agricultores), previstas en la Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las
Intervenciones 6961.1, 7132, 7161. Bases de la convocatoria