Habilitación de Asesores-Evaluadores (Andalucía). La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional convoca a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales.
Necesidad de profesionales
El ser permanente la apertura del procedimiento de acreditación de competencias profesionales conlleva un aumento en la diversidad de cualificaciones profesionales, de centros docentes participantes y del número de solicitantes del mismo. Por ello, es necesario contar con las suficientes personas habilitadas como asesoras y evaluadoras, para posibilitar el desarrollo de los procedimientos y asegurar su correcto funcionamiento.
Con el objeto de posibilitar a las personas expertas la habilitación que les permita ejercer las funciones de asesoramiento y de evaluación en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales, es necesario llevar a cabo la selección de profesionales expertos que cumplan los requisitos previstos en la ley, para su posterior participación en el curso de formación específica establecido en el mismo.
Por otra parte, también es necesario permitir al personal experto habilitado como personas asesoras o evaluadoras que ya hayan realizado los correspondientes cursos de habilitación en convocatorias anteriores, ampliar su habilitación a otras cualificaciones profesionales
Por tanto, se convoca a profesionales expertos a la realización del curso de formación específica. Estos y estas profesionales deberán superar dicho curso de formación específica, organizado o supervisado por las Administraciones competentes.
¿Quiénes pueden ser Asesores/Evaluadores?
En primer lugar, hay que tener en cuenta el ámbito de aplicación de esta Resolución:
- Podrán participar en esta convocatoria las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía pertenecientes a los colectivos de profesionales expertos que se encuentren en una de las situaciones siguientes:
- Profesionales expertos no habilitados como personal asesor y evaluador del PACP, que deseen ser habilitados como tales para alguna de las cualificaciones profesionales recogidas en el Anexo I de la resolución.
- Profesionales expertos con habilitación, incluidos en la base de datos de personas asesoras y evaluadoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que deseen ampliar la misma para otras cualificaciones profesionales recogidas en el Anexo I de la presente resolución para las que reúnan los requisitos.
- Las personas seleccionadas que superen el curso, podrán realizar las funciones de asesoramiento y evaluación de las competencias profesionales en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales, para lo que requerirán del correspondiente nombramiento por el órgano competente en materia de formación profesional.
- Quedan excluidas de participación en esta convocatoria las personas asesoras y evaluadoras cuyas circunstancias quedan recogidas en la base décima tercera sobre incompatibilidades de esta resolución.
En segundo lugar, los requisitos de participación son los siguientes:
- Acreditar una experiencia laboral de al menos 4 años en el sector y cualificación solicitada, y realizar y superar el curso de formación específico.
- Podrán solicitar su participación, para ampliar su habilitación a otras cualificaciones profesionales de la misma familia, las personas ya habilitadas en cualificaciones de las familias. Estas personas estarán exentas de la realización del curso específico de formación.
- Para las cualificaciones SEA029_2 y SEA130_2, de Seguridad Privada, se debe disponer de la tarjeta de identidad profesional.
Plazas convocadas
Se han convocado un total de 802 plazas, para 62 Familias profesionales (Anexo I de la Resolución). Cabe la posibilidad, antes de la publicación de la resolución aprobando la relación de personas seleccionadas, de que el órgano responsable de la organización y desarrollo del curso pueda intercambiar plazas de una cualificación a otra en caso de que no se hubiesen cubierto todas las plazas ofertadas en alguno de ellos. Así mismo, el número de plazas ofertadas podría ser objeto de aumento si existiese disponibilidad presupuestaria para ello.
Presentación de solicitudes
La solicitud de participación debe ser cumplimentada y presentada a través de la secretaría virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (enlace), junto con toda la documentación acreditativa de los datos declarados en la solicitud.
Se puede solicitar la participación para una, dos o tres cualificaciones de las indicadas en el Anexo I de la resolución, y solo será admitida para realizar el curso en una de ellas, para lo que se tomará como prioridad el orden en que han sido indicadas en el formulario de solicitud.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
¿Cuál es el Baremo de selección de participantes?
El baremo de puntuación a aplicar para seleccionar a las personas participantes en el curso de formación específico, para cada cualificación y ámbito, será el siguiente:
- Acreditar experiencia profesional relacionada con las unidades de competencia de la cualificación solicitada, adicionales a los exigidos como requisito habilitante.
- Título de formación profesional de la misma familia profesional de la cualificación objeto de baremación.
- Certificado de profesionalidad de la misma familia profesional de la cualificación objeto de baremación.
- Título universitario alegado.
- Conocimiento de una lengua extranjera.
- Haber participado en el desarrollo del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en el diseño de títulos de formación profesional, en la realización de Contrastes Externos de las cualificaciones profesionales o en la elaboración de Instrumentos de Apoyo para el procedimiento de acreditación de competencias profesionales.
Más información sobre el curso de habilitación de Asesores
- La participación en el curso de formación específica solo estará accesible para aquellas personas que no estén inscritas en la base de datos de personas asesoras y evaluadoras.
- El curso está exento del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción.
- Resolución por la que se convoca a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales y, en su caso, realización del curso de formación específica. Bases de la convocatoria