El 2º ciclo de inscripción y selección, para incorporarse a plazas del Ejercito, en las escalas de Tropa y Marinería, se pone en marcha. Las personas interesadas deben solicitar cita previa, entre el 4 y el 18 de julio.
Plazas convocadas
Se ofertan un total de 1.800 plazas: 1.627 plazas, correspondientes al ciclo de selección número 1, y 173 plazas, correspondientes al ciclo de selección 1 bis de acuerdo con la distribución que figura en el anexo II y en el anexo III de las bases. Del total de estas plazas, las personas extranjeras podrán optar en concurrencia con los españoles a 37 del ciclo 1.
Condiciones para participar en la convocatoria
Podrán optar a las plazas ofertadas quienes cumplan las siguientes condiciones:
Condiciones generales comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
- Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en el apéndice 2 de las bases.
- El día de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente: cumplir o haber cumplido antes de esa fecha los 18 años de edad y no haber cumplido con anterioridad a ese día los 29.
- Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado ningún procedimiento judicial por delito doloso.
- No estar privado de los derechos civiles.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.
- Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.
- No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.
- No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condición psicofísica o por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso y separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
- No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de: carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario, mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado; o por imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre; o por imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar de formación por falta grave o separación del servicio o resolución de compromiso por falta muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre.
Condiciones generales para solicitantes extranjeros:
- Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.
- Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
- No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
- No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
- Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
Condiciones específicas comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
- Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.
- No haber renunciado a la plaza asignada o no haber efectuado la presentación, sin causas justificadas, en el centro de formación para iniciar la fase de formación militar general o no haber causado baja voluntaria durante la misma, en virtud de su participación en el último ciclo de selección anterior al que se solicite, con independencia de la convocatoria a la que pertenezca dicho ciclo.
- No encontrarse en la situación de pendiente de repetición de la fase de formación militar general correspondiente a alguno de los ciclos de selección de la actual o de anteriores convocatorias, salvo renuncia expresa dirigida al Director de Enseñanza correspondiente.
- No haber finalizado el compromiso en anterior relación con las Fuerzas Armadas, como consecuencia de haber resultado no idóneo en la preceptiva evaluación previa a su renovación desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.
- En anterior relación con las Fuerzas Armadas, no tener denegada la suscripción del compromiso de larga duración que establece el artículo 9 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.
- No haber causado baja en los centros de formación de militares de tropa y marinería por no superar, dentro de los plazos establecidos, las pruebas previstas en los planes de estudios.
- Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.
- No haber sido calificado «No Apto Permanente en la presente convocatoria» en el ciclo de selección número 1 de esta convocatoria, por algún Centro de Selección o Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa, en alguna de las causas recogidas en el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
- En caso de ser ofertada alguna plaza, las personas solicitantes de la especialidad fundamental Música, además de cumplir lo señalado en la base 3.3.a), deberán acreditar tener superados al menos los dos primeros años de los estudios de las enseñanzas profesionales artísticas de Música, en la especialidad de uno de los instrumentos para los que se ofertan plazas, estudios que deben haber sido realizados en un centro inscrito en el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios (RCD).
- No haber sido excluido en cualquier proceso de selección de acceso y promoción en las Fuerzas Armadas, desde el 1 de enero de 2021, por haber dado positivo por consumo de drogas o sustancias psicotrópicas, en la analítica que en el seno del mismo hubiere sido practicada.
Cita previa para participar en el proceso de selección
La personas interesadas deberán solicitar cita previa para la realización de las pruebas, que se realizará a través de la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es.
Fases del proceso de selección
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
Fase primera. Durante esta fase se realizará:
- El Concurso. Consistirá en la valoración de los méritos generales, académicos y militares que acrediten las personas solicitantes, de acuerdo con el baremo establecido.
- La Oposición. Comprenderá la Prueba de aptitudes.
Fase segunda. Durante esta Fase, se realizará:
- La Prueba de personalidad.
- El reconocimiento médico.
- Las pruebas de aptitud física.